POR Jorge Octavio González
Aunque nadie extrañaría a Mely Romero si le quitan su escaño en el Senado de la República —porque si en el 2012 fue una desilusión en este 2024 viene de no tener activismo político tras perder la gubernatura del Estado—, lo que pretende hacer Movimiento Ciudadano, con otra interpretación de la Constitución a conveniencia, es hacerse en la mesa de más espacios en la Cámara Alta.
El candidato presidencial perdedor, Jorge Álvarez Máynez, informó que interpondrán recursos legales para hacerse de las curules en Jalisco, Nayarit, Colima y Guerrero, porque como partido político obtuvieron más votos que el PRI y el PAN.
Y citó el artículo 56, que dice, a la letra, que “la Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho senadoras y senadores, de los cuales, en cada Estado y en la Ciudad de México, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para estos efectos, los partidos políticos deberán registrar una lista con dos fórmulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de candidaturas que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate”.
La laguna que encontraron, como todo abogado tramposo, es que, como el artículo 56 no habla de coalición sino de partido, significa que la senaduría de primera minoría le correspondería, en el caso de Colima, como en Jalisco, Nayarit y Guerrero, a quien tuvo más votos como partido y quedó en el segundo lugar, esto es, a Griselda Martínez Martínez.
Mely Romero, como candidata de la alianza Fuerza y Corazón por México, obtuvo más votos que la fórmula de Movimiento Ciudadano; sin embargo, como partido, MC, por sí mismo, obtuvo más que el Revolucionario Institucional y Acción Nacional, lo que, si se interpreta al pie de la letra el artículo 56, la curul de primera minoría le tocaría a la actual presidenta municipal de Manzanillo.
Sobre la conformación en la Cámara de Diputados, el oficialismo argumenta que la ley, específicamente la fracción V del artículo 56, dice que ningún partido puede tener más de 300 diputados por ambos principios (mayoría relativa y representación proporcional), así como tampoco puede tener un número de diputados que exceda en más de ocho puntos su porcentaje de votación nacional emitida.
Y añaden que la fracción I del artículo 56 dice: los partidos tendrán derecho a diputados plurinominales sólo si presentan candidatos en 200 distritos de mayoría relativa.
Movimiento Ciudadano fue el único partido que, sin coalición ni alianza alguna con otros partidos, presentó 200 candidatos; esto le daría más plurinominales que el resto de los competidores, que, como MORENA, PT y Verde Ecologista, no registraron bajo sus siglas a 200 candidatos porque participaron en coalición.
Si las autoridades electorales, como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dan como válida la interpretación del oficialismo donde se habla de partido y no de coalición, tendrían que hacer lo mismo en el caso del Senado de la República, en donde, de igual manera, se habla de partido y no coalición para llegar a la Cámara Alta como primera minoría.
Mely Romero, insistimos, no es una lumbrera ni la parlamentaria que todo México esperaba; sin embargo, la acción legal que pretende hacer Movimiento Ciudadano beneficiaría a Griselda Martínez, que podría estar como senadora los próximos seis años.
No es muy probable que la última instancia electoral le dé la razón a Movimiento Ciudadano en este caso en particular; sin embargo, en esta elección, donde hubo interpretaciones de la ley a conveniencia de los magistrados en lo local y en lo nacional, ya no se sabe con qué sorpresa nos van a salir.
Como sea que resuelvan el asunto, lo que sí es seguro es que no entra José de Jesús Dueñas García, un sujeto siniestro y cómplice del desfalco en las finanzas de la pasada administración.