Ex funcionaria sancionada por OSAFIG, proveedora en el gobierno de Indira

POR Luis Fernando Moreno Mayoral

Sanción a Adriana Julieta Aguirre Pérez, proveedora de Indira

Adriana Julieta Aguirre Pérez, ex directora de Adquisiciones del gobierno del Estado en el sexenio de Mario Anguiano Moreno, fue sancionada con una amonestación pública y una sanción económica resarcitoria directa por la cantidad de $1 millón 96 mil pesos debido a irregularidades que detectó el Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental, OSAFIG, y ratificada por el Congreso del Estado en el Decreto 375.

Hoy, en el gobierno de Indira Vizcaíno Silva, es proveedora bien por su actividad económica en el contrato SPFYA/SSA/3CE-042-2022/DGAABS/DABS como COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, bien por su actividad económica en el contrato SPFYA/SSA/IRE-027-2022/DGAABS/DABS como ORGANIZADORES DE CONVENCIONES Y FERIAS COMERCIALES E INDUSRTRIALES, bien como proveedora de artículos de papelería y tóner, tintas y cartuchos para el DIF estatal en el procedimiento de invitación restringida identificada como IRE/04DIF/2022.

De acuerdo al Decreto 375, en la observación F73-EXCEPCIÓN/01/2015, los diputados del Congreso del Estado de Colima ratificaron la propuesta de sanción del OSAFIG a Julieta Aguirre Pérez “por autorizar la contratación y omitir los documentos necesarios de un curso de capacitación bajo el procedimiento de adjudicación directa, así como el documento fundado y motivado en criterios de eficiencia, economía, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones de contratación para el Estado”, ya que “no se exhibe evidencia física y/o documental que acredite la real y efectiva prestación de los servicios de capacitación por parte del proveedor”.

En el mismo apartado que Julieta Aguirre, también fueron sancionados Jesús Orozco Alfaro, ex secretario de Finanzas y Administración; José Santos Juárez, ex director general de Administración y Abastecimientos; y el General de División del Ejército Mexicano Raúl Pinedo Dávila, secretario de Seguridad Pública.

La ex funcionaria del gobierno del Estado es capaz adquirir medicamentos y productos farmacéuticos, como consta en el contrato SPFYA/SSA/3CE-042-2022/DGAABS/DABS, donde se obliga a proporcionar los bienes consistentes en MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, solicitados en la requisición número 002975 detallados en la orden de compra número 4500151351 de fecha 21 de junio de 2022 y en el Anexo 1 del presente contrato, solicitados por el DESPACHO DE LA SECRETAERÍA TÉCNICA DE ENLACE GUBERNAMENTAL ( a cargo de la hermana de Rosi Bayardo Cabrera, Ana Sofía), dependiente de la OFICINA DE LA GUBERNATURA. 

También tiene la experiencia de organizar convenciones y ferias comerciales e industriales, como lo comprueba el contrato SPFYA/SSA/IRE-027-2022/DGAABS/DABS, en donde, a invitación restringida, llevó a cabo el SERVICIO PARA LA CELEBRACIÓN DEL GRITO DE INDEPENDENCIA 2022, solicitados en la requisición 1401 y detallados en la orden de compra número 0089 de fecha 14 de septiembre de 2022, por la cantidad de $742,400.00 (SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N).

Pero además puede proporcionar artículos de papelería y tóner, tintas y cartuchos para el DIF estatal, de acuerdo a la invitación restringida identificada como IRE/04DIF/2022 que se le hizo en la sexta sesión ordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Colima, del año 2022.

EL DECRETO QUE SANCIONA A JULIETA AGUIRRE

Decreto 375

En el DECRETO 375 del Congreso del Estado de Colima, en la Observación F73-EXCEPCIÓN/01/2015, las conclusiones del OSAFIG fueron las siguientes:

Se verificó la adquisición de un servicio de cursos de capacitación del Programa SUBSEMUN 2013 para los municipios de Colima, Tecomán y Villa de Álvarez, requerido por la Secretaría de Seguridad Pública, y adjudicada a la persona moral INSTITUTO MULTIDISCIPLINARIO DE CAPACITACIÓN JURÍDICO POLICIAL, PREVENCIÓN SOCIAL Y DESARROLLO HUMANO, S.C, por un monto de $1,096,000.00 pesos, a través del procedimiento de adjudicación directa por excepción a la licitación pública, con fundamento en los artículos 25, 26 fracción III y 41 fracción X de la Ley de la materia, según las declaraciones establecidas en el contrato de adquisiciones sin número de fecha 15 de abril de 2013; observándose la falta del dictamen u oficio de excepción emitido por el Sub Comité de Adquisiciones o el titular de la Dependencia, fundado y motivado en criterios de eficiencia, eficacia, economía, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, oportunidad y financiamiento para el Estado, con el que se justifique la operación  compra.

No se exhibe evidencia física y/o documental que acredite la real y efectiva prestación de los servicios de capacitación por parte del proveedor.

Del análisis de la información y documentación presentada por el ente fiscalizado, se determina que la observación se ratifica, toda vez que los argumentos y la documentación presentados no desvirtúan integralmente lo observado, ya que no se presentó evidencia alguna que acredite la realización de los cursos de capacitación bajo los lineamientos del programa SUBSEMUN 2013, además que no se exhibió oficio de excepción por parte de la secretaría de seguridad pública para hacer un proceso de adjudicación directa por excepción a licitación pública.

ESTATUS: NO SOLVENTADA

CUANTIFICACIÓN: $1,096,000.00

TIPO DE SANCIÓN: Amonestación pública, sanción económica resarcitoria directa

DESCRIPCIÓN Y SANCIÓN PROPUESTA:

1.- Al C Dr. J. Jesús Orozco Alfaro, ex secretario de Finanzas y Administración. Por autorizar la contratación del curso de capacitación bajo los programas de SUBSEMUN 2013 del cual no se presentó evidencia suficiente y relevante que acredite el buen manejo de los recursos del programa.

I Amonestación pública; y

II Sanción Económica Resarcitoria Directa por la cantidad de $1,096,000.00 equivalente a los daños y perjuicios determinados.

2,- Al C. José Santos Juárez, ex director general de Administración y Abastecimientos. Por no supervisar la prestación del servicio contratado.

I Amonestación pública; y

II Sanción Económica Resarcitoria Directa por la cantidad de $1,096,000.00 equivalente a los daños y perjuicios determinados.

3.- A la C. Adriana Julieta Aguirre Pérez, ex directora de Adquisiciones. Por autorizar la contratación y omitir los documentos necesarios de un curso de capacitación bajo el procedimiento de adjudicación directa, así como el documento fundado y motivado en criterios de eficiencia, economía, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones de contratación para el Estado.

I Amonestación pública; y

II Sanción Económica Resarcitoria Directa por la cantidad de $1,096,000.00 equivalente a los daños y perjuicios determinados.

4.- Al C. General de División del Ejército Mexicano Raúl Pinedo Dávila, secretario de Seguridad Pública, por no presentar el oficio de excepción para el proceso de adjudicación directa al curso de capacitación del Programa SUBSEMUN 2013.

I Amonestación pública.

En cumplimiento de los artículos 134 primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 107 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 42 y 43 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; y 56 párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones, Servicios y Arrendamientos del Sector Público.

Sanciones previstas en los artículos 52 fracciones I y II, 53 fracción I, 54 y 55 fracciones I, II y III de la Ley de Fiscalización Superior del Estado; en relación al 49 fracciones II y V de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Lo anterior, dice el punto DECIMOSEXTO, teniendo como base el Informe de Resultados de Revisión de Situación Excepcional, EXCEPCIÓN/01/2015 al Poder Ejecutivo del Estado de los años 2013, 2014 y al 31 de agosto del 2015, donde se establecieron las presuntas responsabilidades administrativas y se determinan los años y los perjuicios.

CONTRATO 1: Julieta vende medicamentos

Contrato para adquisición de medicamentos

A Adriana Julieta Aguirre Pérez se le otorgó el contrato SPFYA/SSA/3CE-042-2022/DGAABS/DABS, donde se obliga a proporcionar los bienes consistentes en MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS solicitados en la requisición número 002975 detallados en la orden de compra número 4500151351 de fecha 21 de junio de 2022 y en el Anexo 1 del presente contrato, solicitados por el DESPACHO DE LA SECRETAERÍA TÉCNICA DE ENLACE GUBERNAMENTAL dependiente de la OFICINA DE LA GUBERNATURA.

La contraprestación debida por el “PODER EJECUTIVO” a su contraparte los bienes objeto del presente contrato, será por la cantidad total de $31,577.45 (Treinta y un mil quinientos setenta y siete 45/100 M.N). El contrato fue firmado por el subsecretario de Administración, Víctor Manuel Torrero Enríquez.

Para cubrir las erogaciones que implica la suscripción del presente instrumento jurídico al proveedor será con cargo al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Colima, para el Ejercicio Fiscal 2022, el cual será responsabilidad de la dependencia requirente de los bienes, que para este caso es el DESPACHO DE LA SECRETARÍA TÉCNICA DE ENLACE GUBERNAMENTAL dependiente de la OFICINA DE LA GUBERNATURA tal y como se detalla en la requisición correspondiente de la convocante.

La actividad económica de Adriana Julieta Aguirre Pérez es la de COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS y demás descritos en la Constancia de Situación Fiscal.

CONTRATO 2: Julieta organiza el evento del Grito de Independencia 2022

Contrato para organizar el Grito de Independencia 2022

También se le otorgó el número de contrato SPFYA/SSA/IRE-027-2022/DGAABS/DABS, donde se obliga a proporcionar a EL PODER EJECUTIVO los bienes y servicios consistentes en SERVICIO PARA LA CELEBRACIÓN DEL GRITO DE INDEPENDENCIA 2022, solicitados en la requisición 1401 y detallados en la orden de compra número 0089 de fecha 14 de septiembre de 2022.

La contraprestación debida por EL PODER EJECUTIVO a su contraparte por los bienes y servicios objeto del presente contrato, será por la cantidad total de $742,400.00 (SETECIENTOS CUARENTE Y DOS MIL CUATROSCIENTOS PESOS 00/100 M.N).

El procedimiento de adjudicación materia de este contrato fue realizado por la Subsecretaría de Administración de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Colima, quien realizó el procedimiento de INVITACIÓN RESTRINGIDA a cuando menos tres personas para el SERVICIO PARA LA CELEBRACIÓN DEL GRITO DE INDEPENDENCIA 2022, la cual fue adjudicada a “El Proveedor” (Adriana Julieta Aguirre Pérez) con fecha de 14 de septiembre de 2022, con fundamento en el artículo 46 numeral 1, fracción III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado de Colima.

Adriana Julieta Aguirre Pérez tiene como actividad económica, entre otras, es el de ORGANIZADORES DE CONVENCIONES Y FERIAS COMERCIALES E INDUSRTRIALES.

CONTRATO 3: Julieta vende artículos de papelería para el DIF estatal

Invitación restringida para proveer artículos de papelería

El jueves 24 de marzo del 2022 se llevó a cabo la sexta sesión ordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Colima, del año 2022, donde la C.P María Gómez Guerrero, encargada de la Jefatura del Departamento de Adquisiciones y Suministros del DIF Estatal, sometió a consideración del comité tres cuadros comparativos de cotizaciones, derivados de las requisiciones hechas por el Departamento de Bienes Muebles e Inmuebles y por el Departamento de Control Vehicular dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas del DIF estatal

En el punto 4, referente al procedimiento de invitación restringida identificada como IRE/04DIF/2022, para la adjudicación de un contrato para la adquisición de artículos de papelería y tóner, tintas y cartuchos para el DIF estatal, el Departamento de Adquisiciones y Suministros, dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas del DIF estatal hizo la solicitud, por lo que la CP María Isabel Gómez Guerrero informó al Comité que se envió oficio invitación a los siguientes proveedores: JOSÉ RAMÓN CANO ANGUIANO, ÁNGEL ROBERTO GONZÁLEZ PÉREZ Y ADRIANA JULIETA AGUIRRE PÉREZ, y se recibieron propuestas de todos los invitados.

Cabe destacar que, aunque la sesión se llevó a cabo en marzo del año pasado, en la página de internet del DIF Estatal el estatus del procedimiento aparece como DESIERTA, sin mayor explicación al respecto de por qué esa fue la resolución.